Buen dia! Les cuento la información que tengo sobre el final de la materia para que se vayan organizando. La informacion completa está en la RCD Nº 380/20 y la envió Secretaria General a las listas de correo todos-interna@ y alumnos-fcen@ hace unos dias. Por las dudas si alguien no la recibió se las copio completa al final de este mensaje y les cuento como pensamos implementarlo para organizarnos mejor.
Para estos casos hasta ahora se definieron “fechas” de finales excepcionales
- 6 de julio de 2020
- 4 de agosto de 2020
- 24 de septiembre de 2020
- Las actas de estas fechas excepcionales serán confeccionadas por la Dirección de Estudiantes y Graduados por lo que deberemos enviar al menos con 72 horas hábiles de anticipación la nomina de nombres de quienes quieran rendir. En caso de inscribirse y despues no venir supongo (no lo se con certeza) que les queda AUSENTE, y NO APLAZO. Pero si no se inscriben NO PODRAN RENDIR SEGURO (porque no van a estar en el ACTA de final)
Para facilitar la organización vamos a seguir este procedimiento:
- para fecha 4 de agosto de 2020: cierra el 26/7
- para fecha 24 de septiembre de 2020: cierra el 21/9
Si se están presentando a una beca Doctoral, sepan que en CONICET pueden incorportar materias aprobadas hasta el 16 de Octubre de 2020, con lo cual las materias rendidas en septiembre les cuentan!
Cordialmente
–
Secretaría General
Facultad de Ciencias Exactas y Naturales
Universidad de Buenos Aires
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 22 de junio de 2020
VISTO
Las Resoluciones CD Nº 3040/19, 46 /20, 372/20, 379/20 y 381/20 de fecha 23 de junio de 2020 y
CONSIDERANDO
Las Resoluciones CD Nº 3040/19 y 46/20 que aprueban el calendario académico del Ciclo Lectivo de 2020.
La Resolución CD Nº 372/20 que extiende la validez de los trabajos prácticos de las asignaturas que vencían en el turno del mes de abril de 2020.
La Resolución CD Nº 379/20 y 381/20 de fecha 23 de junio de 2020 que establecen criterios para la evaluación no presencial de exámenes parciales y finales.
Lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza, Programas, y Planes de Estudio.
Lo actuado por este Cuerpo en su sesión realiza¬da en el día de la fecha, y en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 113 del Estatuto Universitario.
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS Y NATURALES
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- Establecer las fechas de los tres (3) turnos de exámenes no presenciales como se detallan a continuación:
1º turno de exámenes no presenciales: 6 al 14 de julio de 2020
2º turno de exámenes no presenciales: 29 de julio al 4 de agosto de 2020
3º turno de exámenes no presenciales: 24 al 30 de septiembre de 2020
ARTÍCULO 2º.- Podrán inscribirse a las fechas de exámenes establecidas en el artículo 1º los estudiantes que cumplan los siguientes requisitos:
a) Estudiantes que adeuden hasta 6 (SEIS) materias para para obtener su título de licenciatura o profesorado.
b) Estudiantes que necesiten la aprobación de un máximo de 2 (DOS) materias para poder presentarse a convocatoria de beca de investigación. Para tal fin deberán presentar nota del director expresando la intención de presentación a la beca y el plan de trabajo a desarrollar.
c) Estudiantes que el departamento docente decida incluir y que estén debidamente fundamentados.
d) Estudiantes extranjeros que participan de programas de intercambio y que deban regresar al país de origen.
e) Estudiantes que tengan materias con vencimiento de trabajos prácticos en el turno de exámenes de septiembre de 2020 (en este caso se incluye a los vencimientos de los trabajos prácticos del turno de exámenes de abril de 2020).
ARTÍCULO 3º.- Las actas de examen deberán ser confeccionadas por la Dirección de Estudiantes y Graduados y por tal razón los departamentos docentes deberán enviar a esa dependencia con una antelación no inferior de 72hs. la siguiente información:
a) Nombre de la asignatura
b) Fecha del examen
c) Apellidos y nombres de los al menos 2 (DOS) profesores que integrarán la mesa de examen aclarando cual tendrá el rol de Presidente.
d) Nómina de los estudiantes: Apellidos y nombres, Libreta Universitaria o DNI, Condición del examen para ese estudiante y su carrera. En los casos que se requiera se deberá adjuntar la nota del director de beca o justificación del departamento por el cual se solicita incorporar al alumno al acta de examen.
Recibida la información, la Dirección de Estudiantes y Graduados confeccionará las actas de examen en el Sistema SIU GUARANI, las cuales serán visualizadas por los docentes para ingresar las calificaciones de los estudiantes.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese a los Departamentos de Computación, de Física, de Matemática, de Química Inorgánica, Química Analítica y Química Física, de Química Orgánica, de Química Biológica, de Biodiversidad y Biología Experimental, de Ecología, Genética y Evolución, de Fisiología, Biología Molecular y Celular, de Ciencias Geológicas, de Ciencias de la Atmósfera y los Océanos, Comisiones de Carreras de Profesorado de Enseñanza Media y Superior, Comisión de Carrera de Ciencias Biológicas, Comisión de Carrera de Ciencias Químicas, Comisión de Carrera de Paleontología, tome conocimiento la Dirección de Estudiantes y Graduados, dese amplia difusión y cumplido, archívese.
RESOLUCION CD Nº 380/20